Salta, Argentina.
01/06/2026
Oficial: el gobierno de Javier Milei reglamentó la reforma laboral y avanzó con cambios en sindicatos, convenios e indemnizaciones
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Oficial: el gobierno de Javier Milei reglamentó la reforma laboral y avanzó con cambios en sindicatos, convenios e indemnizaciones

Jun 1, 2026

A través de cuatro decretos, el Ejecutivo puso en marcha aspectos clave de la Ley de Modernización Laboral. Habrá un nuevo modelo de recibo de sueldo, cambios en la negociación colectiva, controles sobre los sindicatos, la creación del Fondo de Asistencia Laboral y beneficios para la regularización de empleo no registrado.

El Gobierno reglamentó este lunes una parte sustancial de la Ley de Modernización Laboral y definió el esquema operativo para varios de los cambios impulsados por la reforma aprobada por el Congreso. A través de los decretos 406, 407, 408 y 409 publicados en el Boletín Oficial, el Ejecutivo avanzó con modificaciones en materia de convenios colectivos, actividad sindical, recibos de sueldo, indemnizaciones, empleo registrado y aspectos tributarios.

La principal norma, el Decreto 407/2026, establece nuevas reglas para la negociación colectiva, introduce mecanismos de control sobre las organizaciones gremiales, redefine el funcionamiento de las empresas de servicios eventuales y oficializa un nuevo formato obligatorio para los recibos salariales.

Fotos: Charly Diaz Azcue / Comunicación Senado

Entre las novedades más relevantes figura la incorporación de un apartado específico en los recibos de sueldo que deberá exhibir el costo laboral total que afronta el empleador, incluyendo aportes sindicales, contribuciones a la seguridad social, obra social, PAMI, aseguradoras de riesgos del trabajo y otros conceptos vinculados a la relación laboral.

La reglamentación también fija criterios para determinar cuándo un convenio colectivo podrá considerarse vencido y habilitar una nueva negociación. En los casos en que no exista una fecha de expiración expresamente establecida, la autoridad laboral podrá tomar como referencia el 31 de diciembre de 2026 para iniciar el procedimiento de renegociación.

Además, se dispuso que los aportes, contribuciones y demás cargas económicas previstas en convenios colectivos deberán computarse de manera global para verificar el cumplimiento de los límites establecidos por la legislación. Los acuerdos que excedan esos topes deberán adecuarse a la nueva normativa y no podrán homologarse nuevos convenios que incumplan esas restricciones.

La reglamentación incorpora cambios en el régimen de asociaciones sindicales. Entre otros puntos, establece que los cuerpos directivos deberán mantener una proporción razonable respecto de la cantidad de afiliados cotizantes y habilita mecanismos de verificación mediante cruces de información con el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y otras bases públicas.

También se modifican las condiciones para el uso del crédito horario sindical. Los representantes gremiales deberán comunicar al empleador con al menos 48 horas de anticipación el uso de esas horas y su ejercicio deberá compatibilizarse con la continuidad de las actividades de la empresa.

Otro de los cambios apunta a la representatividad sindical. La autoridad de aplicación podrá verificar la cantidad de afiliados de cada organización y, en los casos de disputa por una personería gremial, la entidad que pretenda obtenerla deberá acreditar una representación superior a la del sindicato que ya la posee.

Digitalización laboral y licencias médicas

El decreto ratifica que la registración de trabajadores se realizará a través de los sistemas habilitados por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que centralizará altas, bajas y modificaciones de datos laborales.

Además, las certificaciones médicas que indiquen reposo deberán emitirse por medios electrónicos mediante plataformas registradas y profesionales habilitados. En caso de diferencias entre el diagnóstico del trabajador y el control médico dispuesto por el empleador, las partes podrán recurrir a una junta médica oficial o a instituciones especializadas.

La normativa también establece que la ANSES deberá notificar a empleadores y agentes del sistema de salud sobre el inicio y la finalización de los trámites jubilatorios.

Nuevo fondo para financiar indemnizaciones

Por otra parte, mediante el Decreto 408/2026, el Gobierno reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), una herramienta creada para ayudar a financiar el pago de indemnizaciones sin modificar el régimen vigente.

El decreto estableció cómo se conformarán y administrarán estos fondos, a quiénes alcanzarán, cómo se canalizarán los aportes y cuáles serán los procedimientos para la declaración, inversión y utilización de los recursos.

El sistema estará destinado a empleadores privados, exceptuando las relaciones laborales expresamente excluidas por la ley y las del sector público y funcionará a través de fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros supervisados por la Comisión Nacional de Valores (CNV). Cada empresa contará con una cuenta individual en la que se acumularán los recursos destinados a afrontar futuras indemnizaciones y solo estarán cubiertos los trabajadores que hayan sido registrados en tiempo y forma al menos doce meses antes de la extinción del vínculo.

La reglamentación establece que los aportes serán canalizados mediante ARCA y prevé un esquema de portabilidad para transferir fondos entre distintos vehículos de inversión autorizados. También determina que la responsabilidad por el cálculo de las indemnizaciones seguirá siendo exclusiva del empleador.

El nuevo régimen entrará en vigencia el 1 de noviembre de 2026 y contempla una reducción de contribuciones patronales equivalente al aporte realizado al fondo.

Beneficios para regularizar empleo no registrado

A través del Decreto 409/2026, el Ejecutivo reglamentó el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER), destinado a incentivar la formalización de trabajadores no registrados o registrados de manera deficiente.

La industria registra caídas interanuales de hasta el 11%, por ejemplo en el caso del acero.

La industria registra caídas interanuales de hasta el 11%, por ejemplo en el caso del acero.

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El esquema contempla una condonación de hasta el 90% de las deudas previsionales para micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro. El beneficio será del 80% para medianas empresas y del 70% para el resto de los empleadores.

Asimismo, las deudas vinculadas con obras sociales, riesgos del trabajo y el Seguro Colectivo de Vida Obligatorio quedarán condonadas en un 100%. El saldo remanente podrá abonarse mediante planes de facilidades de pago o al contado con una reducción adicional del 50% sobre el capital e intereses no alcanzados por la condonación.

Cambios tributarios para alquileres de vivienda

En paralelo, el Gobierno reglamentó modificaciones tributarias incorporadas en la reforma laboral. Mediante el Decreto 406/2026, precisó el alcance de las exenciones del Impuesto a las Ganancias para ingresos provenientes del alquiler de inmuebles destinados a vivienda y para determinadas operaciones de venta y transferencia de derechos sobre propiedades.

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La norma establece que las ganancias obtenidas por la locación o sublocación de inmuebles destinados a casa habitación quedarán exentas para los períodos fiscales iniciados a partir del 1 de enero de 2026, incluso cuando los contratos se hayan firmado con anterioridad.

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